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Si su patrón dedice trasladar la dispersión de nomina a otra Institución Financiera, usted tiene el derecho de mantener su cuenta de nómina con nosotros y así continuar con su crédito de nómina. De igual manera, usted puede solicitar que los recursos de la cuenta en la que recibe su salario, pensiones y otras prestaciones de carácter laboral, se le transfieran a la cuenta que le lleve el banco de su elección, manteniendo con nosotros su responsabilidad y obligación de cubrir las mensualidades del crédito que le hayamos otorgado.
Por ello, únicamente requiere presentar su solicitud en cualquiera de nuestra sucursales o a través de nuestro servicio de banca electrónica por Internet que, en su caso, usted haya contratado con nosotros, mediante los formatos que tenemos a su disposición en dichas sucursales o en nuestra página electronica de Internet, así como exhibir en la documentación señalada en dichos formatos.
El instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) garantiza las operaciones establecidas en el Artículo 46 fracciones I y II, de la ley de Instituciones de Crédito, hasta por 400 mil unidades de inversión (UDI) por persona fisica o moral, y por banco. Visita www.gob.mx/ipab